En las noticias se habla mucho sobre la inmigración para los sudamericanos y los hispanos. La mayoría de estos reportes están relacionados a personas o familias indocumentadas. Sin embargo, muchas personas ignoran las opciones que pueden utilizar para poder convertirse en inmigrantes legales calificados. Estas opciones están disponibles para muchos hispanos y sudamericanos. De hecho, pueden ser muy específicas para los sudamericanos. Por esto, hemos tratado de compilar algunas de las opciones de inmigración basadas en el empleo más ventajosas para los latinos. Este artículo se concentrara en el tipo de visas de inmigrantes y no-inmigrantes con las que nuestra firma tiene familiaridad. Si bien puede haber otras opciones disponibles, e incluso mejores, vale la pena analizar las siguientes opciones si desea inmigrar legalmente a los Estados Unidos. La información proporcionada en este artículo es puramente educativa.

Categorías de Visa No-Inmigrante Para Sudamericanos.

Visas TN1Bajo el acuerdo TLCAN, los individuos de México podrían ser elegibles bajo los acuerdos de México y la TLCAN. La visa TN se limita a determinadas profesiones que se definen en el Apéndice. Esta es una opción muy rápida para aquellas personas que no tienen la intención de inmigrar, pero si trabajar en los Estados Unidos. Tenga en cuenta que esta visa permite el cambio de estado de otras visas doble fin como las H1B, L1, O, etc., y puede extenderse casi indefinidamente.

Visas H1BContrariamente a la creencia popular, la H1B no se limita a los países del sur de Asia. De hecho, hay opciones especiales y cuotas para las personas procedentes de Chile, donde la H1B regular tiene una cuota diferente. Recomendamos las opciones H1B para aquellos tienen ocupaciones especializadas. Tenga en cuenta que las visas H1B son, por lo general, visas de doble fin y en realidad permiten aplicar para una residencia permanente. Véase PERM labor y otras categorías de visas inmigrantes.

H2A – Permite que los empleadores, o agentes estadounidenses, que cumplan con los requisitos reglamentarios específicos, puedan traer extranjeros a los Estados Unidos para ocupar empleos agrícolas temporales. Un empleador estadounidense, un agente de los Estados Unidos, como se describe en el reglamento, o una asociación de productores agrícolas estadounidenses nombrados como empleador conjunto deben presentar el Formulario I-129, la Petición para un Trabajador No-Inmigrante, en nombre de un trabajador prospectivo. Esta visa es una muy buena solución para la escasez de trabajadores agrícolas en los Estados Unidos.

H2B – El programa H-2B permite que los empleadores, o agentes estadounidenses, que cumplan con los requisitos reglamentarios específicos, puedan traer extranjeros a los Estados Unidos para cubrir puestos de trabajo no-agrícolas temporales. Un empleador de EE.UU., o agente de Estados Unidos, como se describe en el reglamento, debe presentar el Formulario I-129, la Petición para un Trabajador No-Inmigrante, en nombre de un trabajador prospectivo. Aunque esta es una visa muy poderosa, ha sido objeto de muchos abusos relacionados al escrutinio. Sin embargo, sigue siendo una muy buena visa.

Visas L1 – Las visas L1 son para los empleados transferidos entre empresas y usualmente utilizan la L1A (Ejecutivos y Administrador) y L1B (Conocimiento Especializado). Estas visas son muy interesantes en que, efectivamente, se pueden utilizar como visas de inversión para aquellas empresas que quieran abrir una sucursal o que ya tengan una sucursal, filial o subsidiaria en los Estados Unidos.

Visas O – América Latina está llena de talentos increíbles, incluyendo científicos, investigadores, artistas y personas de entretenimiento que realmente quieren presentarse o trabajar en los Estados Unidos. La visa O1 es probablemente lo que necesitan. Con un buen abogado, será fácil para lograr este objetivo.

P Visa – Para los talentos que se presentan en grupos o que vienen a una competición deportiva específica, la visa P es el boleto dentro de los Estados Unidos. Últimamente muchas personas han usado, incorrectamente, las visas B1 / B2 para tales actuaciones. Se recomienda el uso de las visas P para evitar ser excluido de una presentación debido al visado de visitante/negocios (B1 / B2).

R1 Visa – Un visado para aquellos que quieren venir a los Estados Unidos para realizar trabajo religiosos.

Visas de Tratado E (E1 y E2) – Una visa inversionista para aquellos que son ciudadanos de países con tratados específicos como Colombia, Bolivia, Chile, Ecuador, Honduras, Paraguay y Costa Rica. Estas visas ​​son muy interesantes para aquellos que quieren invertir una cantidad limitada de dinero en los Estados Unidos. Desafortunadamente las visas E no son de doble propósito y no son buenas si tiene la intención de obtener la residencia permanente. Sin embargo, puede cambiarse a algún tipo de visa con doble propósito y luego solicitar su residencia permanente.

Categorías de Visa Inmigrante para Personas naturales y Jurídicas de América del Sur.

Las Categorías de Visado Inmigrante son las que permiten una residencia permanente en los Estados Unidos.

EB1 se divide en tres categorías principales, EB1 (a), EB1 (b), y EB1 (c). Estas tres opciones pueden ser muy interesantes para aquellas personas con habilidades extraordinarias, profesores, científicos, investigadores y empleados transferidos de otras empresas. Tenga en cuenta que estas solicitudes se pueden presentar mientras que el solicitante todavía está fuera de los Estados Unidos. De tal manera, podemos evitar los problemas asociados a las visas no-inmigrantes. La parte más interesante es que la EB1A no requiere un empleador peticionario.

Exenciones de Interés Nacional (EIN) – La EIN es una visa muy conveniente y adecuada para aquellos que son de interés nacional para los Estados Unidos. Aunque es una categoría EB2, para la mayoría de las personas procedentes de América del Sur, esta visa de inmigrante no tiene tiempo de espera en el boletín de visas. Como tal, una vez que sea aprobado, la persona puede venir a los Estados Unidos a través de un Centro de Procesamiento Nacional de Visas. La otra gran característica de la EIN es que no requiere ningún empleador. Esto quiere decir que puede realizar una auto-petición individual sin tener que pasar por el proceso de buscar un empleador. Todo el proceso, incluyendo la presentación de la forma I-140, puede durar menos de un año.

Certificaciones de Labor PERM– La certificación de labor PERM es el común proceso con el cual personas y compañías pueden contar para solicitar la residencia permanente. Implica una aplicación en el Departamento de Trabajo y la USCIS. Las categorías se dividen en EB2, EB3 y Trabajadores Calificados. El tiempo de espera puede diferir dependiendo de las categorías, pero con la mayoría de las categorías EB2, las personas tienen la opción de emigrar inmediatamente.

Visas EB4 para Trabajadores Religiosos – Esta suele ser la visa que precede las solicitudes de visado R1. América Latina tiene unos grandes líderes espirituales que realmente pueden venir y ayudar en los Estados Unidos. Damos la bienvenida a todas las comunidades religiosas para traer a esas personas a los Estados Unidos.

Visa EB5 – Esta es la famosa visa de $1.000.000 o $500.000 que le permite obtener una de residencia condicional de dos años y en última instancia, una residencia permanente. Estas visas tienen una gran cantidad de problemas vinculadas a ellas, principalmente porque han sido abusadas en el pasado. No obstante están disponibles y son una manera muy interesante de invertir en los Estados Unidos y obtener una carta verde rápidamente.

La lista anterior es limitada. Hemos tratado de cubrir los visados ​​con los que nuestra firma tiene más familiaridad. Nuestras operaciones diarias implican trabajar en este tipo de visas. Aunque cualquier practicante de inmigración puede practicar la inmigración general, las categorías en función del empleo (visas EB) son por lo general mucho más complejas. A menos que el abogado de inmigración tenga experiencia solucionando los problemas diarios relacionados con dichos visados, puede resultar en una verdadera, drástica perdida para el solicitante. Le recomendamos que llame a nuestra oficina al (510) 742 5887 o (415) 643 4342 para programar una consulta o para trabajar en su caso.

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